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"Año del 45 aniversario del Golpe de Estado Genocida Cívico-Militar, por Memoria, Verdad y Justicia"







     



     



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Viernes, 13 de Abril de 2012 11:49
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PROVINCIA DEL NEUQUEN - MINISTERIO DE GOBIERNO, EDUCACIÓN Y JUSTICIA

El Gobernador de la Provincia del Neuquén informa que se ha nominado para cubrir el cargo de Fiscal ante el Tribunal Superior de Justicia, a la persona que se enuncia a continuación:

Nombre y Apellido: José Ignacio Gerez, DNI. N° 25.202.307.

Antecedentes Curriculares:

  • Abogado. Título expedido por la Universidad Nacional de Córdoba, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, el día 14 de Mayo de 2001
  • Fiscalía de Instrucción de Décimo Novena Nominación – Distrito V – Turno III, Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, desde el 24-06-98 al 17-08-99.
  • Asesoría Letrada Penal de Segundo Turno del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba desde el 17-08-99 al 23-06-00.
  • Apoderado de la Municipalidad de Neuquén, durante los periodos: 2001 - 2002 y 2007 - 2011.
  • Subsecretario General, Legal y Técnico de la Municipalidad de Neuquén, en el periodo: 2003 – 2007.
  • Asesor Legal de la Municipalidad de Cinco Saltos, Provincia de Río Negro, en el periodo: 2005 - 2011.
  • Experto Consultor del Programa de Naciones Unidas para el Fortalecimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto para la implementación de la política exterior de la República Argentina (Programa ARG/06/02). Año 2008.
  • Miembro del Consejo de Vigilancia de la Corporación Interestadual Pulmarí, desde el año 2010.
  • Asesor legal penal de la Secretaría de Estado de Seguridad de la Provincia del Neuquén en el periodo 2010-2011.
  • Asesor Legal y Apoderado de la Universidad Nacional del Comahue (UNCo). Desde el año 2008.
  • Estudio Jurídico particular, desde el año 2001, dedicado al Derecho Penal y Administrativo.

El Artículo 4º del Decreto 590/08 establece observaciones y/o impugnaciones: los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, se encuentran habilitados, durante el plazo de diez (10) días contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial, para presentar ante el Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, por escrito, claramente fundado y debidamente documentado, las consideraciones y/o impugnaciones que estimen correspondientes a la nominación realizada, y que pudieren contrariar o deberían ser tenidas en cuenta al momento de la selección de los nominados. No se considerarán las cuestiones que resulten irrelevantes para la finalidad del citado decreto o que se sustenten en cualquier tipo de discriminación.

Lugar, días y horario de recepción de observaciones y/o impugnaciones: Sede del Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, sito en la calle Roca y Rioja de la ciudad de Neuquén, de lunes a viernes de 8 a 14 hs.

 

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Comunicados de Prensa

Suspensión del Cómputo de los Plazos Procesales

El Tribunal Superior de Justicia, definió el alcance de la medida


Con motivo de la próxima suspensión del cómputo de los plazos procesales para todos los organismos Judiciales de la Provincia del Neuquén - con motivo de la realización de las “I JORNADAS PROVINCIALES DE LA MAGISTRATURA Y LA FUNCIÓN JUDICIAL”- dispuesto por Acuerdo N° 5443, punto 11, se ha generado una diferencia en la interpretación del alcance de tal disposición.

Para esa oportunidad, el Cuerpo dispuso la Suspensión del Cómputo de los plazos procesales, ello implica –y así se aclara-, que la actividad de los organismos es normal. Es decir, que si alguna de las partes (letrados patrocinantes o apoderados, Fiscales y Defensores tanto oficiales como particulares) tienen algún plazo cuyo vencimiento se produce durante esos días, tal vencimiento no operará, dado que durante los días 15 y 16 (ya que el 17 ha sido decretado feriado), el cómputo de los plazos se encuentra suspendido y se retomará el día 21 de junio. Ahora bien, si el letrado presenta un escrito con o sin vencimiento, éste debe ser recibido por el órgano judicial en la forma habitual. Del mismo modo, si la audiencia puede llevarse a cabo por que las partes se encuentran presentes, será válida.

Así lo definió mediante Acuerdo N° 5496 Punto 13.

Para el caso que durante dicho período, dado que los organismos continuarán trabajando, se recibieran notificaciones en la casilla de notificación electrónica, el acto de la notificación será válido. Ahora bien, el cómputo del plazo, comenzará el primer día hábil siguiente (en este caso el día martes 21 de junio del año en curso).

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